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La trascendencia de la constitución de 1917 radica en los derechos sociales.

by Redacción
6 febrero, 2016
in PORTADA
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La trascendencia de la constitución de 1917 radica en los derechos sociales.
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Para algunos especialistas, la trascendencia de la constitución de 1917 radica en el hecho de que introdujo, por primera vez en la historia de las constituciones del mundo, los derechos sociales a nivel constitucional, señaló el historiador Sergio Cañedo, investigador de El Colegio de San Luis.

Las constituciones en México han tenido una vida promedio de 15 años, 1824, 1836, la más duradera la de 1857, con 60 años. Al respecto, el académico comentó que a lo largo de la historia México ha tenido cinco constituciones, tres de ellas (1824, 1857 y 1917) de carácter federalista y las dos restantes (1836 conocida como las Siete Leyes y 1843 con el nombre de las Bases orgánicas) de carácter centralista. A estas constituciones se podría agregar la de Apatzingán de 1814, sin embargo no estuvo propiamente en vigencia debido al estado de guerra que imperaba en el país.

Consideró que las constituciones mexicanas son en cierta manera una expresión de la forma de cómo la clase gobernante genera un documento que le proporcione los elementos necesarios para gobernar y organizar al país conforme sus ideales, intereses económicos y políticos e incluso son una expresión del estilo personal de gobernar que tuvieron algunos políticos mexicanos, como Antonio López de Santa Anna, Valentín Gómez Farías, Anastasio Bustamante y Carlos María de Bustamante entre otros, o bien la expresión de los poderes regionales representados en los diferentes congresos constituyentes que se han establecido con el fin de genera una constitución.

Ahora bien, el número de constituciones mexicanas puede resultar un exceso en comparación con lo acontecido en los Estados Unidos, en donde sólo ha habido una sola a la cual se le han incorporado más de 25 enmiendas a lo largo de la historia, o bien esas cinco constituciones son pocas si comparamos su número con las siete que se han redactado en Brasil en donde incluso se redactó una constitución para la de 1824 para que gobernara el primer emperador Don Pedro I; esta constitución estuvo vigente hasta finales del siglo XIX cuando fue derrocado Don Pedro II y entonces se formó la república en Brasil la cual redactó su propia constitución.

En suma, se pudiera decir que en cierta medida existiría una correlación entre el número constituciones y la estabilidad política de un país, apuntó Sergio Cañedo, Doctor en Historia, por la Universidad de California en San Diego, Estados Unidos.

Sobre el impacto social, político e institucional de las constituciones, comentó que  las constituciones responden a los intereses sociales y políticos de una cierta época y mediante ellas se diseñan las instituciones necesarias para responder a tales intereses. Por ejemplo, la constitución de las Siete Leyes de 1836 obedece a los intereses sociales y políticos de un grupo de poder, que se ve afectado por ciertas disposiciones liberales sancionadas entre 1833 y 1834, las cuales consideraba atentaban contra su idea de representación popular.

Entonces, un grupo de políticos centralistas toman el poder y elaboran las Siete Leyes, buscando un impacto y modificaciones en las instituciones encaminadas a solucionar el desorden existente que en su opinión era generado por el sistema federal y la constitución de 1824.

Redacción

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